viernes, 17 de septiembre de 2021

PREESCOLAR

 

EDUCACIÓN PREESCOLAR 

Artículo 15: La educación preescolar corresponde a la ofrecida al niño para su desarrollo integral en los procesos biológicos, cognoscitivo, psicomotor, socio-afectivo y espiritual, a través de las experiencias de socialización pedagógica y recreativa. Teniendo en cuenta la infancia y el desarrollo de las dimensiones del niño.

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